Ley 21.719 · Protección de datos personales

Chile tiene una nueva Ley de Datos Personales. Calcula cuánto te puede costar ignorarla.

Promulgada el 13 de diciembre de 2024. Vigencia plena a partir del 1 de diciembre de 2026. Sanciones de hasta 20.000 UTM por infracción gravísima, con posibilidad de triplicarse por reincidencia.

Publicada Diario Oficial Agencia de Protección de Datos Aplica a todo tratamiento en Chile
Línea de tiempo oficial

Del Diario Oficial a la vigencia plena

Entre la promulgación y la vigencia plena hay 24 meses de gracia. No son vacaciones regulatorias — son el plazo que la Agencia te da para documentar, entrenar y automatizar tu operación.

Dic · 2024
Promulgación
Publicación en el Diario Oficial. Inicia el conteo de vacancia legal.
Hoy · 2026
Preparación
Ventana para diagnóstico, registro y ajustes operativos antes de la vigencia.
2
Dic · 2026
Vigencia plena
La Agencia comienza a recibir denuncias y aplicar sanciones.
3
2027+
Fiscalización activa
Reglamentos específicos, auditorías y transferencias internacionales.
Calculadora de exposición

¿Cuánto puede costarte una infracción a la Ley 21.719?

Estimación calibrada por sector, volumen de titulares, sensibilidad de los datos y tipo de infracción. Referencial — la sanción definitiva depende de la gradualidad y criterios que aplique la Agencia.

Ajusta el factor por tipo de datos típicos y criticidad del sector.
Leve: hasta 500 UTM · Grave: hasta 5.000 UTM · Gravísima: hasta 20.000 UTM.
Exposición potencial estimada
● Riesgo grave
$450M CLP
6.875 UTM · factor combinado ×1.375
UTM marzo 2026 $67.294 Factor sector ×1.00 Factor volumen ×1.10 Factor sensibilidad ×1.00 Reincidencia posible hasta ×3
Tabla de sanciones

Tres niveles. Diferencia de más de 40×.

La Ley 21.719 clasifica las infracciones en tres categorías. El salto entre una y otra es dramático — entender dónde caen tus procesos es la primera decisión de inversión.

● Leve
$33.6M CLP hasta 500 UTM
  • No mantener registro de actividades de tratamiento
  • No contar con políticas de privacidad visibles
  • Retrasos formales en atención de derechos ARSCOP
● Grave
$336M CLP hasta 5.000 UTM
  • Tratar datos sin base legal válida
  • No nombrar DPO cuando es obligatorio
  • No notificar brechas en los plazos definidos
  • Transferencias internacionales sin salvaguardas
● Gravísima
$1.345M CLP hasta 20.000 UTM
  • Tratamiento ilícito de datos sensibles
  • Obstrucción reiterada a la Agencia
  • Reincidencia en infracciones graves
  • Posible incremento hasta ×3 por reiteración
Matriz de obligaciones

No todas las empresas tienen las mismas cargas

La ley diferencia obligaciones según escala de tratamiento, sensibilidad de los datos y naturaleza del responsable. Identifica en qué columna cae tu organización.

Obligación
Pyme < 10k titulares
Mediana 10k–1M
Gran escala / datos sensibles
Registro de actividades de tratamientoDocumentar flujos, bases legales y plazos
Obligatorio
Obligatorio
Obligatorio
Política de privacidad visibleInformar fines, bases y derechos a titulares
Obligatorio
Obligatorio
Obligatorio
Designación de DPO / DelegadoPersona responsable del cumplimiento
Condicional
Recomendado
Obligatorio
Evaluación de impacto (EIPD)Análisis previo en tratamientos de alto riesgo
No aplica
Condicional
Obligatorio
Notificación de brechasPlazos a Agencia y, si aplica, titulares
Obligatorio
Obligatorio
Obligatorio
Transferencias internacionalesCláusulas tipo o país adecuado
Si corresponde
Obligatorio
Obligatorio
Atención de derechos ARSCOPAcceso, Rectificación, Supresión, Cancelación, Oposición, Portabilidad
Obligatorio
Obligatorio
Obligatorio
Las seis piezas

Lo que tu organización debe tener funcionando

Más allá del cumplimiento formal, la Ley exige evidencia: quién autorizó, cuándo, con qué base, por cuánto tiempo. Sin trazabilidad no hay defensa.

01

Base de licitud

Todo tratamiento debe apoyarse en una base legal válida: consentimiento, contrato, obligación legal, interés legítimo o función pública.

02

Registro de tratamientos

Documentar qué datos tratas, para qué, con qué base legal, por cuánto tiempo y con qué medidas de seguridad.

03

Derechos ARSCOP

Acceso, Rectificación, Supresión, Cancelación, Oposición y Portabilidad — atendidos en plazos definidos y con evidencia de respuesta.

04

DPO / Delegado

Obligatorio para tratamientos a gran escala, datos sensibles o tratamientos sistemáticos. La Agencia puede requerirlo.

05

Notificación de brechas

Obligación de notificar incidentes que afecten datos personales a la Agencia — con plazos, contenido mínimo y evidencia auditable.

06

Transferencias internacionales

Solo a países con nivel adecuado o con cláusulas contractuales tipo. Cada flujo debe estar documentado.

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Cumplimiento que no depende de que te acuerdes

Dos agentes procesan y monitorean tu operación de datos de forma continua — para que la Agencia encuentre evidencia auditable, no excusas.

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Checklist Ley 21.719 — 37 puntos de verificación

Organizado por módulo. Pensado para equipos de TI, legal y compliance que necesitan saber, en una tarde, dónde están parados y qué priorizar antes de diciembre de 2026.

  • Base de licitud y gestión de consentimientos
  • Registro de actividades de tratamiento (RAT)
  • Atención de derechos ARSCOP con evidencia
  • Brechas, contratos de encargo y transferencias
  • Plantilla de política de privacidad y DPO
Usaremos tu email solo para enviarte el checklist y contenido relacionado. Puedes darte de baja cuando quieras.
Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan los equipos legales y de TI

¿Desde cuándo pueden multarme?
La Ley 21.719 fue promulgada en diciembre de 2024 y tiene una vacancia legal de 24 meses. La vigencia plena — y con ella la capacidad fiscalizadora y sancionatoria de la Agencia — comienza el 1 de diciembre de 2026. Es el plazo que tienes para llegar con registro, consentimientos y procesos operando con evidencia.
¿Mi empresa necesita un DPO?
Es obligatorio cuando tu organización realiza tratamientos a gran escala, trata datos sensibles (salud, origen racial, datos biométricos, etc.) o ejecuta tratamientos sistemáticos y masivos. En la matriz de arriba lo marcamos como "Condicional" para pymes: si no caes en esos supuestos, puede ser un rol interno con otras responsabilidades, pero la Agencia puede requerirlo en cualquier momento.
¿Qué cuenta como "brecha" y en qué plazo debo notificarla?
Cualquier incidente que comprometa la confidencialidad, integridad o disponibilidad de datos personales: filtración, acceso no autorizado, pérdida, ransomware, error humano que expone información. El deber de notificación a la Agencia y — si corresponde — a los titulares tiene plazos acotados. Sin una bitácora con timestamps y responsables, la notificación se vuelve una segunda infracción.
¿Se puede triplicar una multa?
Sí. En caso de reincidencia la Agencia puede elevar la sanción hasta tres veces el monto original. Por eso la exposición real de una empresa que comete la misma infracción dos veces puede llegar a superar los $4.000 millones de pesos en el tramo gravísimo.
¿Qué es el Registro de Actividades de Tratamiento (RAT)?
Un inventario detallado de todas las operaciones de tratamiento de datos personales que realiza tu organización: qué datos, para qué finalidad, con qué base legal, quién los trata, con qué plazos de conservación y qué medidas de seguridad aplican. Es lo primero que pide una fiscalización y es la base sobre la que se construye todo el resto del cumplimiento.
¿Cómo me puede ayudar Calut específicamente?
Calut activa el módulo Ley 21.719 sobre tu perfil de tratamiento: registro automatizado, gestión de consentimientos, bandeja de derechos ARSCOP con plazos y SLA, bitácora de brechas con evidencia, y trazabilidad ligada a cada operación. Todo auditable desde el día uno, con exportación lista para la Agencia.

¿Prefieres que el cumplimiento lo lleve la plataforma?

Calut activa el módulo Ley 21.719 según tu perfil de tratamiento. Registro, consentimientos, derechos y brechas — todo ligado a evidencia auditable.